No se puede hacer fuego sin autorización
Esta prohibición tiene como objetivo establecer una serie de medidas para prevenir los incendios forestales.
La norma regula que en los terrenos forestales, estén o no poblados de especies arbóreas, y en la franja de 500 metros que los rodea no se puede encender fuego sea la que sea su finalidad.
· No se pueden quemar restos de poda y de aprovechamientos forestales, agrícolas o de jardinería, ni márgenes próximos a zonas forestales sin una autorización exprés.
· No se pueden hacer fuegos de recreo ni otros relacionados con la apicultura.
· Dentro de las áreas recreativas y de acampada y en parcelas de las urbanizaciones, se podrá hacer fuego cuando se utilicen barbacoas de obra con parachispas.
· También queda prohibido tirar objetos encendidos; abocar basura y restos vegetales e industriales de cualquier tipo que puedan ser la causa del inicio de un fuego; lanzar cohetes, fuegos de artificio u otros artefactos que contengan fuego, y utilizar sopletes o similares en obras realizadas en cauces de comunicación que trabaran terrenos forestales.